El magistrado de la Corte Constitucional Carlos Camargo Assis pidió a la Sala Plena suspender provisionalmente el decreto que declara la Emergencia Económica y Social en Colombia. La ponencia, de más de 86 páginas, revela vicios formales y materiales.
Camargo Assis, designado como el magistrado sustanciador del caso, no solo cuestiona la declaratoria del estado de excepción, sino también su decreto desarrollador, el 1474 de 2025, que crea y modifica varios impuestos. En su solicitud, advierte que de no suspenderse estos actos, se producirían “efectos irreversibles” en las finanzas de los colombianos y se debilitaría gravemente el equilibrio de poderes.
Entre los argumentos más contundentes, el magistrado señala que el decreto no fue válidamente firmado por todos los ministros. Cuestiona la firma de la ministra (e.) de Ambiente, Irene Vélez, cuyo encargo habría vencido, y la del ministro de Igualdad y Equidad, Juan Carlos Florián Silva, cuyo nombramiento estaba suspendido por orden judicial. Esta sola falla, sostiene, sería suficiente para tumbar el acto administrativo.
Además, el magistrado encontró que la motivación del Gobierno es insuficiente. De las ocho causas que alega el Ejecutivo para justificar la emergencia, como el déficit fiscal, el pago de sentencias judiciales y los desastres naturales, al menos cuatro carecen de una justificación clara y detallada en el texto del decreto. “Es una motivación aparente”, afirma Camargo Assis, lo que constituye un incumplimiento grave del deber constitucional de motivar las medidas excepcionales.
Pero el fondo de la solicitud va más allá de lo formal. Camargo Assis sostiene que no existe una verdadera emergencia. Los problemas que invoca el Gobierno son, en realidad, “estructurales, previsibles y manejables con herramientas ordinarias”. No son hechos nuevos, imprevistos o sobrevinientes, como exige la Constitución para declarar un estado de excepción. “Estamos ante una crisis fiscal predecible, no ante una calamidad repentina”, insiste.
En su análisis, el magistrado incluyó los conceptos de siete reconocidos economistas y de la Contraloría General de la República, quienes coinciden en que la situación fiscal era previsible y había sido advertida con antelación. La Contraloría, de hecho, informó que desde 2024 venía alertando al Gobierno sobre los riesgos, lo que desmonta la narrativa de la “urgencia extrema”.
Uno de los puntos más críticos de la ponencia es el riesgo de daño irreversible. Si el decreto sigue vigente durante el proceso de constitucionalidad, que puede extenderse por meses, se habrán creado y cobrado nuevos tributos, afectando patrimonios y alterando la economía de manera difícilmente reversible. Además, se estaría permitiendo que el Ejecutivo legisle en materia tributaria, función exclusiva del Congreso, violando el principio democrático y la separación de poderes.
La decisión ahora está en manos de los otros magistrados de la Corte Constitucional. Si acogen la solicitud de Camargo Assis, el Gobierno de Petro no podrá implementar los nuevos impuestos ni aplicar las medidas de la emergencia económica hasta que se decida el fondo del caso. Si la rechazan, el decreto seguirá vigente, con todos los efectos jurídicos y económicos que ello implica.


